Teléfonica y LaLiga llevan años luchando contra los servicios IPTV pirata y otras plataformas de cardsharing usadas para ver el fútbol gratis. Y ahora acaban de tener una victoria histórica que pondrá las cosas mucho más difíciles a los piratas.
Más que nada porque el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona ha aprobado una nueva medida que permitirá que Telefónica o Movistar puedan realizar bloqueos inmediatos de dominios de más de 40 plataformas IPTV y cardsharing piratas.
De esta manera, Telefónica y LaLiga han declarado en una nota de prensa que «Los principales operadores de acceso a Internet de España -Vodafone, Orange, MásMóvil (R, Telecable, Euskaltel) Digimóbil y Telefónica España- tendrán que bloquear los dominios que se identifiquen como vinculados con las plataformas piratas.»
Una sentencia que ayudará de forma notable a Movistar y Dazn, las dos plataformas que tienen los derechos de retransmisión de los partidos de la liga española de fútbol desde 2022 hasta 2027, además de a Orange, que comparte esta temporada con Movistar los derechos de emisión.
Ver el fútbol gratis va a ser más difícil que nunca en España
Para empezar, esta nueva sentencia autoriza a Movistar+ y a LaLiga para que soliciten el bloqueo cada semana de nuevos dominios en un plazo concreto, para poder reaccionar a la altura de lo que requiere el dinamismo de las plataformas IPTV piratas.
Cabe recordar que este tipo de servicios cambia de dominio en muy poco tiempo para no dejar rastro y esquivar el peso de la ley. Pero con la nueva sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona, las cosas cambian de forma notable.
Tal y como indican ambas empresas en su declaración, esta demanda solicitaba la autorización judicial necesaria para poder usar una herramienta ágil e inmediata con la que luchar contra los servicios IPTV pirata que ofrecen el fútbol gratis u otros eventos deportivos exclusivos. Para ello seguían las últimas leyes aprobadas por el Parlamento Europeo en mayo de este año, y que puedes leer aquí, en el que instaban a los Estados miembros para que contasen con las herramientas legales adecuadas para luchar contra la piratería de eventos deportivos y en los que destacan estos dos párrafos:
11. Dada la naturaleza específica de las emisiones de acontecimientos deportivos en directo y el hecho de que su valor se limite principalmente a la duración del acontecimiento deportivo en cuestión, los procedimientos de ejecución deben desarrollarse con la mayor rapidez posible; considera, no obstante, que el marco jurídico vigente para las medidas cautelares y los mecanismos de detección y retirada no siempre es suficiente para garantizar una ejecución efectiva y oportuna de los derechos para resolver el problema de la emisión ilegal de acontecimientos deportivos en directo; considera, por tanto, que deben adoptarse cuanto antes medidas concretas, específicas para la emisión de acontecimientos deportivos en directo, con el fin de adaptar el marco jurídico actual a estos retos específicos y adecuarlo a ellos;
12. Pide que la retirada de las emisiones ilegales de acontecimientos deportivos en directo, o la desactivación del acceso a ellas, por parte de los intermediarios en línea sea inmediata o lo más rápida posible y que, en cualquier caso, se produzca en un plazo máximo de treinta minutos a partir de la recepción de la notificación de los titulares de derechos o de un alertador fiable certificado de la existencia de dichas emisiones ilegales; subraya que, en el contexto de la presente Resolución, se entenderá por «inmediata» inmediatamente o lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de treinta minutos a partir de la recepción de la notificación de los titulares de derechos o de un alertador fiable certificado;
Queda claro que, con el apoyo del Parlamento Europeo, los amantes de lo ajeno iban a tener más problemas para piratear contenidos y ofrecer fútbol gratis o a un precio muy inferior a través de una IPTV pirata. Pero hay que recordar que, hasta ahora, no había un sistema efectivo para la lucha contra la piratería.
Y este caso forma parte de un proceso que comenzó a principios de 2020 y en el que un juzgado mercantil de Madrid dio la razón a Telefónica Audiovisual Digital. La compañía demandó a diferentes operadoras de telecomunicaciones y proveedores de acceso a Internet para que identificaran y bloquearan el acceso a una serie de webs que ofrecían contenidos piratas.
Y la sentencia del juzgado de Madrid sorprendió al permitir al demandarte facilitar cada semana un listado con las nueva webs a bloquear sin tener que pasar por el juzgado. Esta sentencia de 2020 obligó a Teléfonica, Orange, Vodafone y otras operadoras para que bloquearan webs piratas de las que se facilitasen URL, dominio y dirección IP en un plazo máximo de 72 horas desde la notificación de dicha sentencia. Y los proveedores a su vez informarían a Telefónica Audiovisual Digital de la ejecución del pertinente bloqueo, además de identificar todos los recursos webs bloqueados con una fecha exacta (día, hora y minutos).Esta demanda era efectiva por tres temporadas (2019 a 2022) sin suspensión del bloqueo si la web recurría demostrando que no ofrecía contenido de forma ilícita.
Sin duda alguna, un duro golpe para este tipo de plataformas que ahora tendrán las cosas mucho más difíciles as la hora de ver el fútbol gratis a través de un IPTV pirata.